Tribunal electoral también cierra puerta a Salvador Hernández Gallegos
Aguascalientes, Julio 28 (2025).- El acto impugnado por Salvador Hernández Gallegos, fue el Acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual se asignanaron las magistraturas del Supremo Tribunal de Justicia del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes 2025, en el que contendió y ganó.
El promovente aduce la vulneración a sus derechos político-electorales de ser votado y acceder a un cargo público, con motivo del acto que impugna, consistente en su exclusión como magistrado electo del Supremo Tribunal, ya que a su consideración la Autoridad responsable se extralimitó en sus facultades al haber efectuado, previo a la asignación de las magistraturas del Supremo Tribunal, una segunda revisión de sus requisitos de elegibilidad previstos en la Constitución local, específicamente el contenido en el artículo 53, fracción II, que exige contar con un promedio general no menor a ocho puntos o su equivalente en la licenciatura en derecho
La Resolución del Tribunal considera que, los agravios planteados por el Promovente resultan infundados e inoperantes, según corresponda, ya que a pesar de haber obtenido un triunfo electoral, resulta inelegible, al haber incumplido con el requisito previsto en la fracción II, del artículo 53 de la Constitución local, consistente en contar con un promedio general no menor a ocho puntos o su equivalente en la licenciatura en derecho y, por lo tanto, no puede ser designado al cargo al que se postuló, por lo que no se actualiza alguna vulneración a sus derechos político-electorales de ser votado y de acceso a un cargo público en el marco del Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes 2025.